En sesión de trabajo la Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado, aprobó el dictamen para reformar el Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de tipificar y sancionar la difusión de imágenes, audios o videos de contenido íntimo sexual manipulados a través de inteligencia artificial, de una persona sin su consentimiento.
La iniciativa promovida por la diputada María Dolores Robles Chairez, señala que se impondrá sanción de tres a seis años de prisión y multa de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida de actualización, a quien haciendo uso de la Inteligencia Artificial, modifique o altere imágenes, audios o videos de una persona sin su consentimiento, para crear hechos falsos con apariencia real de contenido íntimo sexual; así como a quien los almacene, transmita, publique o difunda por cualquier medio.
La diputada María Leticia Vázquez Hernández, presidenta de la Comisión Primera de Justicia, explicó que la iniciativa establece que “se señala que por Inteligencia Artificial se entenderá, las aplicaciones de software, programas informáticos o cualquier software con capacidad de modificar o alterar imágenes, audios o videos”.
Se indica que la inteligencia artificial recrea una imagen de una cara o de cualquier otro objeto aprendiendo de cientos o miles de imágenes de esa cara u objeto. Utiliza las denominadas “redes neuronales generativas antagónicas”, GAN por sus siglas en inglés, con algoritmos que son capaces de aprender de los patrones que encuentran en las imágenes para luego reproducirlos creando otras nuevas de ese objeto, rostro o imagen
A medida que avanza y aumenta el acceso a esta tecnología, también aumenta el riesgo de su uso con fines maliciosos y con ello se genera un nuevo tipo de violencia digital para las personas, enfocándose principalmente en sectores vulnerables como lo son niñas, niños, adolescentes y mujeres.
Además, se adiciona como uno de los elementos del delito contra la identidad de las personas, el uso de la Inteligencia Artificial.
El dictamen que reforma la fracción I del párrafo segundo del artículo 187 BIS; y adiciona dos párrafos, estos como penúltimo y último al artículo 1787 BIS, del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, se turnará al Pleno para su votación.