Con el objetivo de incluir la figura del Consejo Consultivo Municipal de Turismo en los 58 ayuntamientos del estado, las comisiones legislativas de Fomento al Turismo y Puntos Constitucionales, analiza una iniciativa para reformar disposiciones de la Ley de Turismo del Estado, y de la Ley OrgƔnica del Municipio Libre del Estado.
Se indica que actualmente, la Ley de Turismo del Estado de San Luis PotosĆ, establece la integraciĆ³n de Consejos Consultivos Regionales Municipales, mismos que son integrados por uno o varios municipios; sin embargo no se define en la ley, a que se refiere con el uso del tĆ©rmino regional, es decir, que parĆ”metros deben ser aplicados para determinar su extensiĆ³n.
Por ello, se propone establecer la creaciĆ³n de Consejos Consultivos Municipales de Turismo, que se deberĆ”n constituir en cada municipio, y en el que participarĆ”n los representantes de los sectores pĆŗblicos, social y privado locales, y serĆ”n presididos por la persona que ejerza el cargo de presidente municipal, o bien por la o el funcionario que Ć©se designe.
Se propone que dentro de los primeros seis meses contados a partir del inicio del gobierno municipal, se integrarĆ”n los Consejos Consultivos Municipales que tendrĆ”n por objeto coordinar, proponer y formular las estrategias y acciones de la AdministraciĆ³n PĆŗblica Municipal, con el fin de lograr un desarrollo integral de la actividad turĆstica en el Municipio.
En sus sesiones, podrĆ”n ser invitadas las instituciones y entidades pĆŗblicas, privadas y sociales, que se determinen, y demĆ”s personas relacionadas con el turismo en el municipio, las cuales participarĆ”n Ćŗnicamente con derecho a voz.
Se seƱala que la Ley General de Turismo, es de aplicaciĆ³n en todo el territorio nacional, y tiene entre sus objetivos, establecer las bases generales de coordinaciĆ³n de las facultades concurrentes entre el Ejecutivo Federal y los municipios.
Establece que corresponde a los municipios establecer el Consejo Consultivo Municipal de Turismo, el que deberĆ” considerar en su desempeƱo las directrices previstas en el Plan Nacional de Desarrollo, Programa Sectorial de Turismo y Programa Local, este Ćŗltimo de la competencia del Estado, por lo cual es necesario realizar las reformas para estar en concordancia con la legislaciĆ³n federal en la materia.
La iniciativa se analiza al interior de las comisiones legislativas, para elaborar el dictamen que se presentarĆ” posteriormente al Pleno para su votaciĆ³n.