Fallas de “El Realito” aumentan 485 por ciento; INTERAPAS las enfrenta solo

Mientras las fallas de “El Realito” se han incrementado exponencialmente en los últimos cinco años, INTERAPAS enfrenta de manera directa las interrupciones al suministro de agua, a pesar de que la responsabilidad jurídica derivada del contrato de prestación de servicios suscrito con la empresa Aquos corresponde a la Comisión Estatal del Agua.

En el historial de fallas, entre 2016 y 2020 se registraron 13 interrupciones; en los últimos cinco años, el acueducto ha fallado en 76 ocasiones, es decir, su recurrencia se ha incrementado en un 485 por ciento.

Aunque se trata de una infraestructura externa a INTERAPAS, ya que el organismo no opera, conserva ni proporciona mantenimiento al acueducto, sí realiza mensualmente un pago de aproximadamente 20 millones de pesos por concepto de operación, mantenimiento y los volúmenes de agua que son enviados a la capital de San Luis Potosí.

Sin embargo, Aquos no mantiene un canal de información directo con INTERAPAS para comunicar oportunamente el motivo de las fallas, el tiempo estimado de reparación ni las acciones previstas para evitar su recurrencia, debido a que la empresa mantiene su relación contractual con la Comisión Estatal del Agua, instancia que además cuenta con facultades para establecer las medidas y sanciones correspondientes ante las fallas del acueducto.

Ante cada interrupción, INTERAPAS debe implementar y modificar un esquema de abasto emergente para atender a la población, lo que representa un esfuerzo financiero y operativo extraordinario para el organismo, además de una carga institucional derivada de una situación que corresponde a una infraestructura que no opera ni administra.

Mientras INTERAPAS implementa de manera inmediata las acciones necesarias para mantener el abasto mediante fuentes alternas, interconexiones y pipas, resulta necesario que la instancia responsable de la relación contractual con la empresa operadora fortalezca las acciones de seguimiento, supervisión y exigencia de cumplimiento para evitar que las fallas continúen afectando el suministro de agua a la población de la franja oriente, suroriente y poniente de la ciudad.

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